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Te explicamos todo el que necesitas saber sobre la calificación de la eficiencia energética en la edificación

A pesar de que muchos de vosotros a buen seguro ya conocéis las tradicionales etiquetas de calificación energética e, incluso, sabéis interpretarlas, lo cierto es que en los últimos años el Gobierno de Andorra ha aprobado diferentes medidas en este ámbito con el objetivo de promover, todavía más, la utilización racional de la energía para cualquier uso en los edificios. Por este motivo, hoy, a href="https://pisos.ad/blog">en nuestro blog, os explicamos todo el que necesitáis saber sobre la normativa vigente, la cual ha acontecido en una cuestión capital tanto para propietarios como para arrendatarios o compradores. ¡Empezamos!

¿Qué normativa existe actualmente en Andorra?

Actualmente, la calificación de la eficiencia energética en los edificios del país está regulada por la Ley 21/2018, del 13 de septiembre, de impulso de la transición energética y del cambio climático (Litecc). Además, la normativa vigente cuenta con el Decreto del 29-1-2020 por el cual se aprueba el Reglamento de la calificación de la eficiencia energética en la edificación

LITECC

¿Cuál es su finalidad?

La calificación de la eficiencia energética en los edificios tiene por objetivo principal informar y proteger los usuarios. Para hacerlo posible, la normativa prevé:

  • Mejorar la transparencia dentro del mercado inmobiliario en relación con la eficiencia energética y promover así la utilización racional de la energía para cualquier uso en los edificios.
  • Favorecer la toma de decisiones mediante la regulación de la información que reciben los usuarios sobre la calificación energética y sobre los consumos en la edificación.

¿Qué información proporciona?

Mediante diferentes letras, la calificación energética clasifica, de más a menos, la eficiencia energética de un edificio o de una unidad inmobiliaria. Al mismo tiempo, también informa del coste anual energético aproximado en función del inmueble:

  • Clasifica entre una A y una G la eficiencia energética y las emisiones de gases de efecto invernadero.
  • Proporciona los consumos anuales de energía y un orden de magnitud de los gastos asociados a este consumo.
  • Informa sobre la producción anual de energías renovables, si procede.
  • Recomienda las medidas de rehabilitación para mejorar la eficiencia energética del inmueble.

¿Cuándo se necesita?

En los casos de edificios de nueva planta, la calificación energética se elabora al finalizar las obras. En cuanto a edificios existentes:

  • A partir del 1 de enero del 2020 para cualquier compraventa (o transmisión onerosa del bien) de un inmueble.
  • A partir del 1 de enero del 2023 para cualquier arrendamiento de un inmueble.

¿Qué caducidad tiene?

La validez de la calificación de la eficiencia energética en la edificación es de diez años desde el momento en que ha sido registrada a la Administración. En los casos en que se efectúen obras o modificaciones que incidan en la producción o el consumo energético significativamente, o bien se haga un cambio de uso del edificio, habrá que renovar la calificación.


05/01/2021